La nueva mano del condado de Can Shasta
Secretaria de Estado Shirley Weber
En un movimiento que probablemente afectará directamente a los votantes y los procedimientos electorales del condado de Shasta, la Secretaria de Estado de California, Shirley Weber, busca aclarar y adoptar regulaciones que rijan el conteo manual de las boletas electorales.
Dichas regulaciones, explica Weber, "brindarán una guía clara y uniforme a los 58 condados de California" y sus respectivos funcionarios electorales "para la aplicación y administración consistentes de la ley electoral estatal".
Las regulaciones de conteo manual recientemente propuestas por California afectarán específicamente a los contribuyentes y votantes del condado de Shasta porque, a fines de enero, una mayoría de 3 a 2 de los supervisores del condado de Shasta: el supervisor del distrito 4 y presidente de la junta, Patrick Jones, el supervisor del distrito 1, Kevin Crye, y el supervisor del distrito 5, Chris Kelstrom. — votó a favor de descontinuar el contrato de arrendamiento del sistema de votación del condado con Dominion Voting Systems dos años antes de que finalizara el contrato.
Lo hicieron basándose principalmente en afirmaciones de fraude electoral nunca comprobadas e historias de conspiración difundidas por el entonces presidente Donald Trump y sus partidarios, incluidos Rudy Giuliani, exalcalde de Nueva York, y el magnate de MyPillow Mike Lindell.
En cambio, los tres supervisores favorecieron un conteo manual, a pesar de que los Códigos Electorales de California favorecen los resultados del conteo automático utilizando equipos de conteo de votos que han sido probados minuciosamente por funcionarios estatales antes de que cada condado pueda arrendar o comprar esas máquinas.
Los recuentos automáticos se consideran más rápidos, más baratos, más seguros y mucho más precisos que contar las boletas a mano, dijeron repetidamente los funcionarios electorales estatales a los supervisores del condado de Shasta cuando se les preguntó.
Por lo tanto, las regulaciones revisadas están diseñadas para restaurar la confianza pública en los resultados de las elecciones, incluso cuando las boletas se cuentan a mano, explica Weber en su propuesta.
Una copia completa de los cambios propuestos está disponible en línea aquí.
Las regulaciones de conteo manual brindan requisitos y claridad para contar las boletas electorales, afirma Weber.
"Al preparar estos cambios y adiciones al Código de Regulaciones de California, el Secretario de Estado de California" está modificando los Estándares de Conteo Uniforme de Votos y las regulaciones de Recuento actuales y agregando un capítulo completamente nuevo de códigos que tratan con el conteo manual en general y el manual del 1 por ciento el conteo, para fines de auditoría, ya requerido por la Sección 315360 del Código Electoral, dijo.
Además, "(l) las regulaciones propuestas brindan los procesos y requisitos necesarios para garantizar la seguridad, la cadena de custodia, la precisión, la equidad y la accesibilidad en el proceso (de votación)", continúa Weber.
Según las regulaciones revisadas, "un funcionario electoral puede realizar un conteo manual de las boletas votadas en una elección, ya sea un conteo manual completo, un recuento manual de un número específico de contiendas en la boleta o un conteo manual del 1 por ciento para auditoría fines". La subdivisión 20298(a) de las Disposiciones generales establece.
Sin embargo, cada vez que se realiza un cómputo manual, "es necesario asegurarse de que haya espacio adecuado para albergar al personal necesario para el cómputo manual, así como espacio para los observadores, todo el material pertinente y el personal de seguridad, junto con una cadena de custodia de las papeletas" contadas o almacenadas antes y después del conteo, establece la Subdivisión 20298(b).
La cadena de custodia con respecto a las papeletas es necesaria para mantener la seguridad de las papeletas y evitar que las papeletas se pierdan, se cambien o se modifiquen por malversación o malversación de las personas que manipularán las papeletas, y para mantener el secreto de las personas que las emiten. esas papeletas.
Se debe presentar un plan de conteo manual detallado a los funcionarios electorales estatales al menos 120 días antes de la fecha de la elección.
Se requiere que el estado responda al plan 90 días antes de la elección, lo que otorga a los funcionarios estatales 30 días para su revisión a fin de garantizar que cubra toda la información requerida con suficiente detalle para cumplir con las leyes electorales estatales y federales.
Si el plan es rechazado, en todo o en parte, debe ser corregido o un sistema alternativo de respaldo que incluya cómputos automáticos con un sistema de tabulación de votos previamente aprobado.
Este requisito puede ser particularmente difícil para el condado de Shasta ya que la mayoría de la Junta de Supervisores inicialmente se resistió a cualquier sistema mecánico de conteo de votos.
Sin embargo, la mayoría de la junta aprobó más tarde un contrato con los sistemas de votación Hart promulgado el 16 de mayo para permitir que algunos equipos electrónicos sirvan a los votantes con discapacidades en persona, software para crear boletas y escáneres para capturar imágenes digitales de las boletas y auditar el conteo manual, según a Cathy Darling Allen, Secretaria del Condado y Registradora Electoral de Votantes.
La subdivisión 20299(f)(1) requiere además que el funcionario electoral incluya una descripción detallada de cómo el condado realizará un conteo manual para cumplir con los plazos de presentación de informes específicos requeridos por los funcionarios estatales y federales.
En caso de que el funcionario electoral no pueda cumplir con los plazos, también se debe describir en detalle un plan de respaldo.
"Esto es necesario para garantizar que el funcionario electoral haya preparado y planificado adecuadamente cómo llevará a cabo su conteo manual para cumplir con los plazos de presentación de informes y qué hacer como contingencia si surge un problema", establece la propuesta de Weber.
La subdivisión 29288(f)(11) requiere que el funcionario electoral "brinde una descripción detallada de cómo se verificarán y auditarán los resultados del conteo manual utilizando un tabulador de sistema de votación certificado".
Actualmente, el Código Electoral contempla un cómputo manual del 1 por ciento cuando los votos se tabulan utilizando una máquina de cómputo de papeletas. Sin embargo, el Código Electoral no dice nada sobre cómo auditar un conteo manual.
"Debido a que los conteos manuales son históricamente inexactos, es necesario pasar todas las boletas a través de un tabulador (mecánico) certificado para validar los resultados", afirma la propuesta de Weber.
"Este es un paso esencial en el proceso de conteo de votos y, por lo tanto, es necesario tener una descripción detallada de cómo los funcionarios electorales realizarán la auditoría", continúa.
Ya sea que las boletas se cuenten a máquina o a mano, todas las boletas deben separarse en precintos de votación y luego separarse por afiliación de partido político por votantes individuales siempre que se trate de una carrera partidista, establecen los Códigos Electorales de California.
En California, se permiten seis partidos políticos calificados en la boleta, junto con un estilo de boleta sin preferencia de partido.
Los funcionarios electorales deberán clasificar las papeletas por partido y precinto para informar los resultados de las elecciones y deberán realizar un seguimiento de los formularios de conteo manual asociados que acompañan al lote de papeletas asignado que se está contando.
Las firmas de los votantes en cada boleta deben escanearse de manera confidencial y compararse con las tarjetas de registro de votantes para que sean válidas para el conteo; sin embargo, esto debe hacerse de tal manera que nadie que realice el conteo pueda rastrear ninguna boleta hasta ningún votante individual.
Todos los contadores deben usar guantes quirúrgicos y entregar todos los teléfonos celulares, cámaras u otros dispositivos electrónicos, así como lápices, bolígrafos u otros dispositivos de marcado mientras realizan un conteo.
A cada grupo de escrutadores se le entregará un marcador de color en la hoja de escrutinio con un color único seleccionado para cada turno de escrutadores.
Un grupo de conteo no contará más de 25 boletas a la vez.
Cada pila de boletas asignada requiere que se complete un certificado de desempeño una vez que se completa el conteo. La información en el certificado debe incluir los nombres firmados de cada miembro de la junta de conteo, su rol designado durante el conteo y la fecha y hora de la firma.
Cada acta de escrutinio también tendrá una marca de agua proporcionada únicamente al funcionario electoral. La marca de agua cambiará diariamente.
El funcionario electoral también nombrará y capacitará a un número suficiente de supervisores para que circulen entre las distintas juntas de escrutinio para responder preguntas, monitorear la eficiencia de cada junta, verificar la precisión de la junta, seguir su progreso, abordar disputas y garantizar que se sigan todos los procedimientos.
El documento de 34 páginas contiene muchos más elementos de procedimiento de los que tenemos espacio en este informe.
Cualquier persona interesada puede presentar declaraciones o argumentos por escrito pertinentes a la Acción Reglamentaria Propuesta para el Conteo de Votos, señala Weber. Dichos comentarios deben recibirse a más tardar el 5 de julio de 2023.
Los comentarios por escrito, incluidos los enviados por correo postal, fax o correo electrónico, deben enviarse a Danielle Dawson, Secretaria de Estado de California, 1500 11th St., 6th Floor, Sacramento, CA 95814. Su correo electrónico es [email protected]
Alternativamente, su respaldo es NaKesha Robinson en la misma dirección. Su correo electrónico es [email protected]
Nota del editor: esta historia fue revisada para mayor claridad y corrección el 25 de mayo de 2023.
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